Un juez federal otorgó un amparo definitivo que resuelve que el ex gobernador de Chihuahua, César Duarte Jáquez no debe ser privado de la libertad al llegar extraditado a México, salvo que antes de pisar territorio nacional le ejecuten la orden de aprehensión por un presunto desvío de 96.9 millones de pesos.
El amparo fue obsequiado por el Octavo Tribunal Colegiado Penal en que concedió a Duarte la suspensión definitiva contra el mandamiento de captura mediante el que fue requerida su extradición, aunque esta protección judicial sólo surtiría efecto en circunstancias que pueden evitar las autoridades.
Se reveló que la orden de aprehensión o captura en su contra fue librada por un juez de Control del fuero común de Chihuahua, por los delitos de peculado y asociación delictuosa, los cuales no ameritan la prisión preventiva de oficio.
“En el supuesto de que el aludido mandato de captura no haya sido ejecutado, la suspensión concedida tendrá el efecto de que el quejoso no sea privado de su libertad con motivo de dicha orden, bajo las medidas de aseguramiento que más adelante quedarán precisadas y se presente al proceso penal para los efectos de su continuación”, se señala en el resolutivo.
Pero las autoridades pueden evitar que el exgobernador se vaya a su casa, al pisar suelo mexicano, si le ejecutan la orden de aprehensión en el momento en que se encuentre en el avión que lo traerá extraditado.
se precisó de que en caso de ocurrir esto último, es decir, que ya se encuentre en calidad de detenido al arribar al país, el tribunal precisó que la suspensión definitiva sólo tendrá como efecto que Duarte sea puesto de inmediato a disposición del juez que lo reclama en su estado.
Para mantener vigente esta suspensión (el amparo), una medida de aseguramiento es otorgar una garantía de 2 millones de pesos en los cinco días siguientes a partir de que sea notificado de este fallo judicial.
También le imponen al exgobernador presentarse físicamente a una audiencia de imputación ante el juez de la causa en Chihuahua, para enfrentar los cargos, en los tres días posteriores a ser enterado formalmente de esta suspensión.
El colegiado señaló que esta suspensión quedará sin efectos si el extraditable no se presenta dentro del plazo de cinco días antes citado, situación que podría presentarse la próxima semana, pues esta suspensión fue notificada ayer en las listas de acuerdos.








