Ejecutivo regula en materia de Datos Abierto

diario19.com / El Universal

 

El Decreto para la regulación en materia de Datos Abiertos, prevé las formas en que se pondrá a disposición de la población los datos de carácter público, generados por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como por las empresas productivas del Estado.

Estas medidas buscan facilitar el acceso, uso, reutilización y redistribución de esta información para cualquier fin, conforme a los ordenamientos jurídicos aplicables.

De acuerdo con las regulaciones publicadas hoy en el Diario Oficial de la Federación, para ser considerados como datos abiertos, los conjuntos de datos deberán ser gratuitos,  no discriminatorios; es decir, tendrá un acceso para los usuarios, de libre uso, con la condición de citar a la fuente.

La información deberá ser legible por máquinas, así como integrales, ya que deberán contener el tema que describen a detalle y con los metadatos necesarios, entendiendo como “metadatos”, los datos estructurados y actualizados que describen el contexto y las características de contenido, captura, procesamiento, calidad, condición, acceso y distribución de un conjunto de datos con el fin de facilitar su búsqueda.

Es necesario que los datos abiertos, provengan de la fuente de origen con el máximo nivel de desagregación posible; sean actualizados periódicamente y conforme se generen y sean permanentes.

Con respecto a las funciones que la Unidad de Gobierno Digital de la Secretaría de la Función Pública deberá realizar, ésta establecerá las directrices para los datos abiertos en sus procesos de generación, recolección, conversión, publicación, administración y actualización en formatos abiertos, a las que deberán ceñirse las dependencias.

Esta Unidad también conformará un catálogo de datos abiertos integrado por los conjuntos de datos de las dependencias y entidades, así como de las empresas productivas del Estado descargables en formatos abiertos, en el portal de internet www.datos.gob.mx.

Con el apoyo de la Coordinación, será la responsable de desarrollar, organizar, implementar, administrar y poner en funcionamiento dicha plataforma.

De igual manera, promoverá la celebración de convenios de colaboración con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y todos los organismos de la Federación, para poner sus datos abiertos a disposición de cualquier interesado en el sitio.

De acuerdo con los requerimientos que se les hace a dependencias, entidades y empresas productivas del Estado, éstas deberán determinar los conjuntos de datos generados que se publicarán e integrarán, de manera gradual, al catálogo de datos abiertos.

Asimismo, serán responsables de generar, almacenar, administrar y actualizar los datos abiertos desde su propia infraestructura y en colaboración con la Unidad y la Coordinación, procurarán la calidad de los datos abiertos y priorizarán su publicación, de acuerdo a los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo vigente, y tomarán en cuenta la participación ciudadana.

Todos los gastos que se generen con la puesta en operación de dichas regulaciones  serán cubiertas con cargo al presupuesto aprobado a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como las empresas productivas del Estado en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el presente ejercicio fiscal

El cumplimiento del decreto, que entrará en vigor mañana 21 de febrero de 2015, será vigilado por La Secretaría de la Función Pública, a través de los Órganos Internos de Control de las dependencias y entidades, y las unidades administrativas encargadas del control interno de las empresas productivas del Estado.