César Duarte acusa a Santiago Nieto para no dar la cara por el saqueo a Chihuahua

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Diario 19

 

Intenta escapar el prófugo ex gobernador de Chihuahua de una orden de aprehensión Federal que lo requiere en México

 

La filtración de la información originó la interferencia en la autonomía e independencia de las autoridades judiciales que en su momento libraron la orden de aprehensión, aseguró.

  • En el memorándum se enlistas las irregularidades que, a consideración de la defensa de César Duarte, cometió el exfiscal:
  • El día 15 de junio del año 2017: que investiga la responsabilidad del señor César Horacio Duarte Jáquez;
  • El día 20 de junio del 2017: que solicitó a un juez federal una orden de aprehensión en contra del señor Duarte Jáquez, por el delito de peculado electoral, por el desvío de más de 79 millones de presos presuntamente retenidos a servidores públicos para transferirlos al partido PRI;
  • El día 23 de junio de 2017: que dicho día se celebró la audiencia inicial contra el señor César Duarte, y que no asistió; que el Juez le solicitó ampliar información para librar orden de aprehensión en su contra;
  • El día 28 de junio del año 2017: solicitó orden de aprehensión por un presunto financiamiento ilegal a partir de descuentos a funcionarios del gobierno estatal, dirigido a un partido político; se sigue investigando;
  • El día 30 de junio del presente año: se libró orden de aprehensión en contra del ex gobernador de Chihuahua, acusado por delito electoral;
  • El día 5 de julio de 2017: solicitó ficha roja a la Interpol;
  • El 13 de septiembre del año 2017: solicitud de extradición del señor Duarte Jáquez.

En el documento la defensa asegura:

El titular de la Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos Electorales de la Procuraduría General de la República, actuó en contravención del Código de Conducta de la Procuraduría General de la República, toda vez que los servidores públicos de la Procuraduría deben resguardar y mantener en confidencialidad toda información que por razón de su empleo, cargo o comisión tuvieran conocimiento, especialmente tratándose del manejo de datos personales o estrictamente relacionados con la intimidad y la seguridad de las personas, obligaciones de no hacer que a todas luces contravino con su forma de actuar”

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